Secretaria de Salud de Nuevo León
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Declaración

  1. El cuidado del paciente debe ser el principal compromiso del profesional de la salud y las instituciones de salud médica ejercido con equidad, calidad y calidez a su persona.

  2. Respetar la dignidad y privacidad del paciente y su entorno familiar; así mismo, este respeto deberá corresponderse por parte del paciente a los profesionales de salud y las instituciones que le brindan atención.

  3. Atender integralmente al paciente como una unidad biológica, psicológica, social y espiritual, en un ambiente de tranquilidad y seguridad óptima.

  4. Comportarse ante el paciente con prudencia, integridad y honestidad respetando su autonomía, aplicando el conocimiento científico, técnico y humanístico vigente para la atención de la salud en forma oportuna y experta.

  5. Apegarse a las indicaciones precisas y rigurosas de los procedimientos de diagnóstico y tratamiento, colaborando interinstitucionalmente en el desarrollo de estrategias centradas en lograr el bien y seguridad de los pacientes.

  6. Solicitar consentimiento válido y explícitamente informado al paciente y/o representante familiar o legal, que incluya las alternativas, los riesgos y los daños imprevistos que en el curso de los procedimientos de diagnostico y tratamiento puedan afectar la función e integridad del paciente.

  7. Formular acuciosamente el expediente clínico de cada paciente en medios escritos en papel y/o electrónicos el cual deberá ser completo, ordenado, legible y veraz conforme lo establece la norma; es obligación de las instituciones el custodiar la discrecionalidad y confidencialidad de la información en la atención médica.

  8. Fomentar la actualización del conocimiento y la capacitación de todos los involucrados en la prestación de la atención médica en un marco de excelencia y compromiso social.

  9. Atender solícitamente las peticiones, inconformidades y quejas que se presenten con motivo de la atención proporcionada a los pacientes y colaborar ampliamente con las investigaciones que realicen las instituciones competentes, promoviendo la transparencia en el manejo de la información.

  10. Promover y mantener una cultura de conducta ética en la que el personal de salud; tanto médicos, enfermeros, técnicos y personal administrativo, como terceros pagadores y proveedores, ejemplifiquen una conducta valorativa  de la persona humana y transparencia en todos los niveles de la prestación del servicio y atención a la salud.


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